Ya lo había afirmado en el artículo anterior: Tensión en la Región de fecha 3 Marzo recién pasado. Ahora profundizaremos en uno de los aspectos claves que está en juego.
El trasfondo es la lucha de las doctrinas. Una, impulsada por Estados Unidos, que justifica la acción militar en cualquier lugar del planeta cuando siente que sus intereses están en peligro o por ?ayudar? a establecer la democracia en determinada nación.
Pero en el ámbito internacional también hay reglas: así queda de manifiesto cuando la comunidad apoyó la intervención de Estados Unidos en Afganistán, ya que allí estarían los terroristas que generaron el 11 de septiembre de 2001.
Sin embargo, la misma comunidad mundial no estuvo de acuerdo cuando el mismo país decidió encabezar la invasión a Irak, sin el consentimiento de la ONU. Y ese precedente le sigue pesando, al extremo que es uno de los temas claves en la actual elección presidencial en aquel país.

Por otra parte está la doctrina latinoamericana, la que tiene por principio básico la no injerencia en otros países, especialmente militar. De hecho todas las diferencias limítrofes se han resuelto a través de mediaciones u organismos internacionales. A excepción de una breve y artificial guerra provocada entre Perú y Ecuador en la década de los noventa, que no duró más que semanas, desde 1905 que no ha habido un conflicto armado entre países latinoamericanos.
Incluso en el tema de las guerrillas, como fue el caso de Centroamérica, específicamente Guatemala y El Salvador, se llegó a soluciones pacíficas con esos ex grupos guerrilleros aceptados en la vida democrática de sus países. Incluso en Nicaragua, donde sí triunfó el FSNL también supo restablecer la democracia e incluso aceptar su derrota en las urnas.
En el caso de Sudamérica, hemos sabido volver a la democracia y convivencia pacífica, después de horribles dictaduras por la vía no violenta.
Por eso el caso la agresión de Colombia y Ecuador generaba un precedente muy grave. Y era clave que se dejara de manifiesto un rotundo NUNCA MÁS en la trasgresión de fronteras.

Por eso, más allá de si ganó o no la posición de Ecuador, sí ganó Latinoamérica demostrando la resolución de conflictos entre naciones por la vía pacífica y un rotundo rechazo al traspaso de fronteras sin consentimiento del otro país, basta ver la declaración de la OEA -la que adjuntamos al final de este análisis- Organismo que también salió fortalecido capaz de demostrar que sirve para mediar, para frenar una posible escalada militar y volver a situar el tema en el ámbito diplomático.
Otro tema clave, es el mensaje a Estados Unidos, ya que ha sido el único país de América que ha invadido otras naciones latinoamericanas. Ahora le será más complejo intentar alguna intervención militar en nuestras naciones, que como todos sabemos y lo sentimos, somos pueblos hermanos latinoamericanos.

Gonzalo Meza Allende
Director
Consultora Opinión
| OEA/Ser.G
CP/RES. 930 (1632/08)
5 marzo 2008
Original: español |
CP/RES. 930
(1632/08) CONVOCATORIA DE LA REUNIÓN DE CONSULTA DE
MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES Y NOMBRAMIENTO DE UNA COMISIÓN(Aprobada en la sesión celebrada el 5 de marzo de 2008)
EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,TENIENDO EN CUENTA:Que la Organización de los Estados Americanos (OEA) tiene plena competencia para conocer de hechos y acontecimientos que ponen en riesgo la paz y seguridad hemisférica;Que en los propósitos de la Organización de los Estados Americanos constan, entre otros, el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados, así como el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes de derecho internacional; Que el artículo 15 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos establece que ?el derecho que tiene el Estado de proteger y desarrollar su existencia no lo autoriza a ejecutar actos injustos contra otros Estados?;Que el artículo 19 de la Carta prescribe que ?Ningún Estado o grupo de Estados tiene el derecho de intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro. El principio anterior excluye no solamente la fuerza armada, sino también otra forma de injerencia o de tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen?;
Que el artículo 21 de la Carta enfatiza que ?el territorio de un Estado es inviolable, no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera que fuere el motivo, aun de manera temporal?;
Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en su artículo 28, expresa que ?Toda agresión de un Estado contra la integridad o la inviolabilidad del territorio o contra su soberanía o la independencia política de un Estado americano, será considerada como un acto de agresión contra los demás Estados americanos;
Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos reafirma el principio de que ?las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos deben ser resueltas por medio de procedimientos pacíficos?; y
Que ?afianzar la paz y la seguridad del Continente? y ?asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre los Estados Miembros?, figuran entre los propósitos esenciales de la Carta de la OEA,
CONSIDERANDO:
Que en la madrugada del sábado 1º de marzo de 2008 fuerzas militares y efectivos de la policía de Colombia incursionaron en territorio del Ecuador, en la Provincia de Sucumbíos, sin consentimiento expreso del Gobierno del Ecuador para realizar un operativo en contra de miembros de un grupo irregular de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, que se encontraba clandestinamente acampando en el sector fronterizo ecuatoriano;
Que el hecho ocurrido constituye una violación de la soberanía y de la integridad territorial del Ecuador y de principios del derecho internacional;
Que este hecho ha producido una grave crisis entre estos dos países, provocando la ruptura de relaciones entre ambos Estados y una grave tensión en la región;
Que de acuerdo con el artículo 84 de la Carta, es función de la OEA velar por el mantenimiento de relaciones de amistad entre los Estados Miembros, utilizando los procedimientos que esa misma Carta señala; y
Que se cumplen en este caso los requisitos para la convocatoria a una Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores a la luz de los artículos 61 y siguientes de la Carta de la OEA,
RESUELVE:
1. Reafirmar el principio de que el territorio de un Estado es inviolable y no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera fuera el motivo, aún de manera temporal.
2. Constituir una Comisión encabezada por el Secretario General e integrada por cuatro embajadores designados por éste, que visite ambos países recorriendo los lugares que las partes le indiquen, eleve el correspondiente informe a la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores y proponga fórmulas de acercamiento entre ambas naciones.
3. Convocar, al amparo de lo dispuesto en los artículos 61, 62 y 63 de la Carta de la OEA, a una Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores para el lunes 17 de marzo de 2008, en la sede de la OEA, con el fin de que examine los hechos y formule las recomendaciones pertinentes.
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